Facturación a las bravas por no llevar encima la TSI cuando vas a urgencias.
Desde
que en 2012 entró en vigor el Real Decreto 16/2012, la exclusión sanitaria no
conoce de fronteras ni nacionalidades. Al acabar con la universalidad de
la sanidad, cualquier persona que no demuestre ser asegurado del INSS
puede quedar excluído, ya sea una persona española o extranjera, con o
sin "papeles".
Incluso los derechos más básicos son vulnerados, como el derecho a la
atención urgente, la atención a los menores y a embarazadas... Estos
derechos deberían estan asegurados si se cumplieran las leyes catalanas y españolas amparadas en los acuerdos internacionales en materia de salud.
Así está pasando en Barcelona, donde en el pasado mes de febrero se ha producido un nuevo caso de facturación indebida en el servicio de Urgencias del Hospital Clinic
En esta ocasión la afectada fue una ciudadana española, una mujer española, que acudió al hospital y presentó su DNI como documento acreditativo de su identidad. En ese momento no llevaba encima la tarjeta sanitaria de su comunidad autónoma, ni otro documento que acreditara que es asegurada del INSS.
Tras ser atendida en urgencias, le entregaron y cobraron una factura, de 223 euros, junto a un documento explicativo sobre el protocolo de la facturación en urgencias.